Los diálogos/negociaciones de paz entre el gobierno del presidente Juan Manuel Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), también conocidos como proceso de paz en Colombia, fueron las conversaciones que se llevaron a cabo entre el Gobierno de Colombia (en representación del Estado) y la guerrilla de las FARC. Estos diálogos tuvieron lugar en Oslo y en La Habana. El objetivo, según el gobierno, es la terminación del conflicto con el grupo insurgente; y según las FARC, «buscar la paz con justicia social por medio del diálogo», según palabras de Iván Márquez,2 uno de los miembros del equipo negociador de las FARC
Siendo los años de la Política de Seguridad Democrática, el entonces comisionado de Paz, Frank Pearl, en representación del gobierno de Álvaro Uribe buscó negociar clandestinamente con las FARC (entre otros funcionarios del gobierno) y bajo condiciones similares a las actuales: sin cese al fuego e incluso desmilitarizando territorio colombiano (lo que se conoce como zonas de distensión). No obstante, a causa de la entrega del cadáver de Julián Ernesto Guevara, quien falleció en retención por la guerrilla, los acercamientos de ese gobierno con la insurgencia quedaron estancados hasta la llegada de Santos a la presidencia;aunque siendo presidente electo, Juan Manuel Santos recibió un "informe de empalme" de Pearl, por medio del cual éste le enteraba del estado en que habían quedado los fallidos acercamientos.
Durante el año 2011, mediante la promulgación de la Ley de víctimas y restitución de tierras, el ya posesionado presidente Santos manifestó a la guerrilla su intención de retomar las discusiones, lo cual derivó en una serie de comunicaciones secretadas por medio de recados entre la subversión y el gobierno. Dichos enlaces dieron lugar al establecimiento de reuniones presenciales en Cuba; los delegados del gobierno colombiano para tales encuentros fueron el consejero presidencial para la reintegración Alejandro Éder y Jaime Avendaño, funcionario de la presidencia desde el gobierno de Belisario Betancur, en tanto que la delegación de las FARC fue conformada por Rodrigo Granda, guerrillero liberado durante el gobierno Uribe, y Andrés París, uno de los ideólogos de esa organización, quien también estuvo en las negociaciones del Caguán. Finalmente, tras varias escenas de discusión, las partes optaron por la elaboración de una agenda y en su defecto, la organización del próximo lugar en donde continuarían dialogando.
Una vez establecidos los parámetros por medio de los cuales se llevarían a cabo los próximos encuentros, Santos incluyó en su delegación a Frank Pearl, quien ejercía como ministro de ambiente, a su asesor de seguridad nacional Sergio Jaramillo, al exvicepresidente Humberto de la Calle y por último a su hermano Enrique Santos, exdirector del periódico El Tiempo. Según la revista Semana, la inclusión de Enrique generó credibilidad en el proceso, primero por tratarse de un familiar cercano y segundo por la «posibilidad de conversar con uno de los pocos colombianos que los conoce personalmente».10 Como respuesta, las FARC delegaron a Mauricio Jaramillo, comandante del Bloque "José María Córdoba", a Marcos Calarcá, conocido por su experiencia en temas de negociaciones bilaterales, Rodrigo Granda denominado como canciller de las FARC, y por último a Andrés París; todos, miembros del Secretariado del Estado Mayor Central.11
Diez datos que usted debe conocer sobre el plebiscito
Que el 'Sí' supere el 'No' no es suficiente. Esto es lo que dice la Registraduría Nacional.
¿Para qué es el plebiscito del próximo dos de octubre?
La votación del plebiscito es para que los ciudadanos expresen si están de acuerdo o no con lo que el Gobierno y las Farc acordaron en La Habana.
¿Qué se les preguntará a los ciudadanos?
La pregunta que se les hará a los colombianos será: ¿Apoya usted el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera?
¿Quiénes podrán votar en ese plebiscito?
En esa votación podrán participar todos los ciudadanos inscritos en el Censo Electoral (34’899.945), incluidos los colombianos que viven en el exterior. Para ello deberán acudir al puesto de votación en el que sufragaron en las últimas elecciones.
¿Cómo se debe votar?
Los colombianos que deseen votar en el plebiscito deberán acudir al puesto de votación en el que están registrados, buscar la mesa que les corresponda, presentar su cédula de ciudadanía (único documento válido para sufragar), reclamar su tarjeta electoral, ir al cubículo, marcar la tendencia por la que se inclinen (‘Sí’ o ‘No’) y depositar el tarjetón en la urna dispuesta para ello. Al final de este trámite el jurado de votación deberá entregarle el certificado electoral que le dará beneficios como medio día laboral libre y descuentos en centros educativos oficiales, entre otros.
¿Cuántos votos se necesitan para que gane el ‘Sí’ en el plebiscito del 2 de octubre?
Para que el Acuerdo Final sea refrendado deben votar por el ‘Sí’ 4’536.992 ciudadanos, que representan el 13 por ciento del Censo Electoral.
¿Qué pasa si no se alcanza esa votación por el ‘Sí’ en el plebiscito?
En caso de que no se alcancen los 4’536.992 votos que necesita el ‘Sí’ se entenderá que los colombianos han negado el Acuerdo Final.
¿Qué pasa si gana el ‘No’?
Si el ‘No’ supera al ‘Sí’ en el plebiscito también se entenderá que los ciudadanos no están de acuerdo con lo pactado por el Gobierno y las Farc.
¿Qué pasará después en caso de que gane el ‘Sí’?
Si el ‘Sí’ obtiene los 4’536.992 y se impone sobre el ‘No’ inmediatamente se pondrá en marcha el llamado procedimiento legislativo especial. Este mecanismo, llamado también fast track (vía rápida) reduce los tiempos para tramitar los proyectos de ley y las reformas constitucionales necesarias para implementar los acuerdos con las Farc.
¿Cuánto tiempo durará este fast track (vía rápida)?
Este procedimiento legislativo especial tendrá una vigencia inicial de 6 meses, los cuales son prorrogables por 6 más. Esto significa que a más tardar en un año el Congreso debe aprobar las iniciativas que desarrollarán los acuerdos alcanzados en Cuba.
¿Qué papel jugará el Presidente de la República en este trámite?
En el procedimiento fast track (vía rápida) el Presidente tiene facultades extraordinarias para expedir decretos con fuerza de ley que complementen la implementación de lo pactado con las Farc. No podrá expedir reformas constitucionales, leyes estatutarias, orgánicas, códigos o normas que necesiten mayoría calificada o absoluta. Tampoco podrá decretar impuestos.
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